La aparición del mercado de servicios digitales ha provocado una de las mayores disrupciones en la economía mundial. Tradicionalmente, los mercados han funcionado mediante el intercambio de bienes o servicios a cambio de dinero, pero los mercados digitales han alterado este modelo.
Ahora, los servicios se ofrecen no por dinero, sino a cambio de acceso a datos personales. Sin embargo, esto no los hace realmente “gratuitos”, aunque así puedan percibirse. Para los clientes, sus datos pueden no ser un bien escaso, pero las empresas los monetizan, principalmente a través de publicidad dirigida.
Esta percepción de gratuidad ha generado un flujo masivo de datos hacia las empresas de servicios digitales. El tratamiento de grandes volúmenes de información (Big Data) les permite predecir comportamientos y optimizar la publicidad. Como resultado, los anunciantes pagan sumas considerables por esta nueva y más precisa forma de publicidad.
Se trata de un modelo en el que todos ganan: las empresas obtienen un negocio rentable y los usuarios acceden a servicios sin pagar dinero. Sin embargo, su novedad genera incertidumbre, especialmente entre los reguladores. El temor al espionaje, las fugas de información y el uso indebido de datos ha motivado la proliferación de leyes de protección de datos personales en todo el mundo.
El reto de estas normativas es alcanzar sus objetivos sin destruir un modelo de negocio valioso. Si la regulación es precisa, ágil y focalizada, puede prevenir riesgos sin afectar la innovación. Si, en cambio, se traduce en procesos burocráticos y costosos que requieren de expertos legales para navegarse, terminará asfixiando el mercado en el que se apliquen, perjudicando tanto a empresarios como a usuarios.
En Ecuador, hemos caído en el peor de los escenarios. La Ley hace tabla rasa de la recolección de datos personales, imponiendo importantes obligaciones no solo a las empresas de Big Data -que son las que presentan un riesgo serio-, sino a toda empresa que trata datos personales, independientemente del volumen y si es parte de su giro del negocio.
Luego, y más importante, desde la entrada en vigencia de la Ley hasta ahora, la implementación de la normativa en las empresas se ha centrado en dar cumplimiento a la exigencia legal de contar con una serie de textos de índole jurídica: contratos, consentimientos, avisos. Esto ha producido una mayor demanda de los servicios de abogados en varias industrias, añadiendo costos y burocracia que en poco o nada aportan a mitigar los riesgos de la Big Data.
El resultado: una Ley de Protección de Datos que sólo beneficia el negocio de los abogados. Este modelo, en lugar de mitigar riesgos, corre el peligro de ahogar la innovación y entorpecer el crecimiento de los servicios digitales en el país.